El Pleno aprueba por unanimidad la dedicación y retribuciones de los miembros de la Corporación

Los concejales de los grupos de la oposición con dedicación parcial y sin delegación de competencias verán incrementado su salario, mientras que el Alcalde, concejales delegados y concejales de los grupos de la oposición con dedicación exclusiva, sin delegación de competencias mantendrán su retribución anual. Asimismo, se ha dado el visto bueno al régimen de celebración del Pleno y la creación y composición de sus comisiones

La sesión extraordinaria del Pleno municipal celebrada hoy ha aprobado por unanimidad el régimen de dedicación y retribuciones de los miembros de la Corporación y el régimen de celebración del Pleno y la creación y composición de sus comisiones.

Según el texto aprobado, el Equipo de Gobierno, compuesto por el Alcalde y los concejales delegados, y los concejales de los grupos de la oposición con dedicación exclusiva sin delegación de competencias mantendrán su retribución anual respecto al anterior mandato, mientras que los concejales de los grupos de la oposición con dedicación parcial y sin delegación de competencias verán incrementado su salario de 19.126,87 euros a 34.325,17 euros.

Las retribuciones aprobadas son las siguientes:

- Alcalde Presidente, en régimen de dedicación exclusiva: Se mantiene en 76.387, 64 euros.

- Doce concejales delegados con dedicación exclusiva: Se mantiene en 67.693,85 euros.

- Dos concejales delegados con dedicación parcial: Se mantiene en 44.257,92 euros.

- Máximo siete concejales con dedicación exclusiva sin delegación de competencias: Se mantiene en 52.501,40 euros.

- Máximo siete concejales con dedicación parcial sin delegación de competencias: Se incrementa de 19.126,87 euros a 34.325,17 euros.

Asimismo, se fija para los concejales sin dedicación el régimen de asistencias a Junta de Gobierno y Comisiones de Pleno en 400 euros y a sesiones de Pleno en 500 euros.

Por otra parte, el Pleno también ha dado su visto bueno al régimen de celebración de sesiones del Pleno y creación, denominación, composición y competencias de sus comisiones.

El Ayuntamiento celebrará la sesión ordinaria del Pleno el último jueves de cada mes, excepto el mes de agosto, a las 9,30 horas, a partir del próximo mes de septiembre.

En total se han fijado tres comisiones de Pleno con carácter permanente y ordinario y seis comisiones con carácter de especiales. Todas ellas estarán integradas además de por el Alcalde, por trece concejales, de los cuales cinco representarán al Grupo Municipal Popular, cuatro Grupo Municipal Socialista, dos al Grupo Municipal Ciudadanos, uno al Grupo Municipal Vox y uno al Grupo Municipal Podemos-Equo.

Las comisiones de Pleno permanentes son las siguientes:

- Comisión de Pleno de Urbanismo, Desarrollo Sostenible y Huerta: Le corresponderá el estudio, informe o consulta en todas las cuestiones cuya resolución requiera acuerdo plenario en los asuntos relativos a las competencias atribuidas a concejalía delegada de Desarrollo Sostenible y Huerta.

- Comisión de Pleno de Infraestructuras, Hacienda, Gestión Económica y Asuntos Generales: Le corresponderá el estudio, informe o consulta en todas las cuestiones cuya resolución requiera acuerdo plenario en los asuntos relativos a las competencias atribuidas a las Concejalías Delegadas de Fomento; Movilidad Sostenible y Juventud; Desarrollo Urbano y Modernización de la Administración; Seguridad Ciudadana y Gestión Económica; Comercio, Mercados y Vía Pública; y Agenda Urbana y Gobierno Abierto; Pedanías y Barrios.

- Comisión de Pleno de Empleo, Derechos Sociales, Educación y Cultura: Le corresponderá el estudio, informe o consulta en todas las cuestiones cuya resolución requiera acuerdo plenario en los asuntos relativos a las competencias atribuidas a las Concejalías Delegadas de Empleo, Promoción Económica y Turismo; Mayores, Discapacidad y Cooperación al Desarrollo; Derechos Sociales y Familia; Deportes y Salud; Educación y Escuelas Infantiles; Cultura y Recuperación del Patrimonio.

Asimismo se ha aprobado la creación de las siguientes Comisiones de Pleno con el carácter de especiales:

- Comisión Especial de Cuentas: Le corresponderá el informe y fiscalización de las cuentas anuales, conforme a lo previsto en el art. 116 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

- Comisión Especial se Sugerencias y Reclamaciones: Le corresponderá el estudio, informe y resolución de las sugerencias y reclamaciones presentadas en defensa de los derechos de los vecinos, de conformidad con Io establecido en el Reglamento de Participación Ciudadana y Distritos.

-  Comisión Especial de Vigilancia de la Contratación: será el órgano de control y de vigilancia de la actividad contractual de la Administración municipal. El objeto de la Comisión es garantizar la aplicación efectiva de los principios de publicidad, libre concurrencia, objetividad, transparencia y eficacia en la contratación de la Administración.

- Comisión Especial de Estrategias de Recuperación Social, Integración y Participación Ciudadana: Será un órgano de participación, correspondiéndole las funciones de estudio y propuestas en materia de planes y proyectos estratégicos y de desarrollo de Murcia, con especial incidencia en la recuperación social e integración, abarcando las acciones de promoción de la actividad económica, la innovación, el empleo y la participación ciudadana, entre otras. Es objeto de esta Comisión garantizar la aplicación efectiva de los principios de participación y transparencia en la gestión de la actuación municipal en las materias de su competencia.

- Comisión Especial de examen y estudio de los procesos de contratación del Patronato Museo Ramon Gaya.

- Comisión Especial de examen y estudio del personal contratado en las concesionarias de Servicios Municipales.

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