Presentan en los juzgados un recurso contenciso-administrativo contra el “plan Fuensanta”

La Plataforma en Defensa del Paisaje de la Fuensanta continúa su labor para impedir la destrucción del paisaje de la ladera del santuario donde el Ayuntamiento ha aprobado 1.300 viviendas

Las organizaciones, que hicieron una marcha a pie hasta Murcia durante la Feria, ya ratificaron “llegar hasta las últimas consecuencias en la lucha contra este disparate”.

El Ayuntamiento de Murcia no ha respondido en plazo al recurso de reposición que presentó HUERMUR, por lo que la plataforma ha decidido no seguir esperando sine die.

En la mañana de hoy, representantes de las organizaciones integrantes de la Plataforma en Defensa del Paisaje de la Fuensanta han presentado en los juzgados de Murcia una nueva iniciativa contra el plan aprobado que pretende construir 1.300 viviendas a los pies del santuario de la Patrona de Murcia.

Esta nueva iniciativa consiste en un recurso contencioso-administrativo, lo que supone que la justicia tendrá que decidir sobre la legalidad o no de dicho plan parcial. Desde los colectivos, ya han advertido en varias ocasiones sobre posibles irregularidades que podría contener el plan y que harían inviable que siguiera adelante, y por las que el Ayuntamiento no debería haberlo aprobado.

Algunas de ellas son:

-El plan nunca contó con aprobación inicial, por lo que no se ha sometido a exposición pública.

-Afecta a zonas de campeo de aves protegidas que viven en el parque regional El Valle-Carrascoy, sin haberse realizado estudio de impacto ambiental.

-El listado de propietarios que indican los planos del plan no coincide con un informe oficial de la Gerencia de Urbanismo, que con datos del Catastro certifica que el mayor propietario del plan es el Obispado de Cartagena a través del Cabildo de la Catedral.

-El plan arrasa el mirador más emblemático de Murcia, el de la Fuensanta.

El recuso administrativo, que ha sido el paso previo al recurso contencioso en el juzgado, se presentó en la Gerencia de Urbanismo el 1 de julio de 2011. Según el artículo 117.2 de la Ley 30/1992 de Procedimiento Administrativo “El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso será de un mes”, siendo el silencio administrativo desestimatorio. Una vez producido este silencio ya se debe continuar por la vía judicial.

Por lo tanto, el recurso de HUERMUR  ya ha sido contestado por silencio administrativo del Ayuntamiento de Murcia de forma desestimatoria, obligando así a la Plataforma en Defensa del Pasaje de la Fuensanta, donde está integrada Huermur, a continuar por la vía judicial.

Es por todo ello que las entidades integrantes de esta Plataforma van a seguir trabajando desde todos los frentes posibles para que esta actuación no se lleve a cabo, y si los propios promotores y el Ayuntamiento no quieren reconocer su error, tendrá que ser la justicia la que lo haga.

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