La modificación de la Ordenanza de Limpieza Viaria se aprobará en el Pleno del mes de marzo

Las sanciones a los que realicen pintadas se podrán cambiar por ocho horas de trabajos de limpieza

 Acuerdo en la modificación de la Ordenanza de Limpieza Viaria que permitirá incluir la conmutación de las sanciones por realizar pintadas por la limpieza de las mismas.

La concejal de Seguridad y Circulación, Nuria Fuentes, se ha vuelto a reunir esta mañana con representantes de Confapa, Federación de Asociaciones de Vecinos, Consejo Local de la Juventud, asociaciones de comerciantes Triángulo, Barrio del Carmen y Distrito Centro, Policía Local y Asociación de graffiteros Street Museum para cerrar esta modificación en relación con las sanciones a los que dibujan pintadas en fachadas y mobiliario urbano.

La modificación será prácticamente la misma que la que se les presentó la semana que viene, ya que únicamente se ha incluido la especificación de los trabajos a realizar.

Así, siempre que no sea posible la limpieza de las pintadas en fachadas o mobiliario urbano, se realizarán los siguientes trabajos:

- Limpieza de fachadas arrancando la publicidad sin autorización

- Limpieza de pegatinas en las farolas.

- Limpieza de espacio verdes

Según la concejal, Nuria Fuentes, "la próxima semana se terminará de redactar la modificación de la Ordenanza Viaria, pasará por Junta de Gobierno y se aprobará en el Pleno del mes de marzo".

La nueva Ordenanza de Limpieza Viaria incluirá los siguientes aspectos:

-        Esta medida, siempre voluntaria, necesitará del permiso paterno en el caso de que los infractores sean menores de edad. Igualmente la medida sustitutoria será compatible con las actividades diarias del infractor y nunca supondrá la imposibilidad de asistencia al centro docente.

-        La sanción de la multa de 150 euros será conmutable por ocho horas de trabajo en beneficio de la comunidad. En el caso de que sea menor de 16 años, la jornada diaria no podrá exceder las cuatro horas, mientras que si es mayor de esta edad el límite es de ocho horas diarias de trabajo.

-        El tipo de trabajo a realizar será la limpieza de la propia pintada, pero, en el caso de que, por sus características o productos a emplear, no sea posible, el infractor tendrá que realizar otras tareas de limpieza de la vía pública.

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