La Audiencia Provincial ha archivado la denuncia de los vecinos de Senda de Granada

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha confirmado el sobreseimiento libre y el archivo de la denuncia interpuesta por vecinos de la murciana Senda de Granada contra la antigua Dirección General por sus actuaciones realizadas en relación con los restos hallados en el solar de la cooperativa de viviendas ‘Joven Futura’ situado en las afueras del núcleo urbano de la pedanía murciana de Espinardo.

En el auto de la Audiencia Provincial se indica que, cuando el 13 de julio de 2006 se descubrieron restos arqueológicos durante las tareas de urbanización emprendidas en los terrenos destinados a la cooperativa ‘Joven Futura’, ese mismo día dicha sociedad comunicó sin demora el hallazgo a la Policía, que avisó a la arqueóloga municipal. Tras comprobar que se trataba de restos pertenecientes a una necrópolis romana, a la mañana siguiente, es decir, el 14 de julio de 2006, la citada arqueóloga visitó el lugar en compañía de la arqueóloga de la entonces Dirección General de Cultura y del Jefe de Obra.

A continuación, según se especifica en el citado auto, “se instauraron de inmediato medidas tan idóneas y eficaces como la realización de una prospección arqueológica en todo el ámbito del proyecto, la limpieza y documentación arqueológica de la zanja en la que tuvo lugar el hallazgo, la excavación manual de las sepulturas localizadas y de las que pudieran localizarse con motivo de la limpieza y la supervisión exhaustiva de todos los movimientos de tierra”.

Ultimada la prospección arqueológica, el 28 de julio de 2006, la Dirección General de Cultura notificó a la empresa y al Ayuntamiento de Murcia la necesidad de adoptar un programa de medidas correctoras en cada uno de los sectores de la urbanización, y en ese informe se impuso la necesidad de incorporar a la licencia de edificación una cláusula por la que los movimientos de terrenos habrían de realizarse bajo supervisión arqueológica.

Según dicta el auto, “los trabajos emprendidos a partir de entonces se adaptaron a las directrices enmarcadas en el informe pericial del Catedrático de Arqueología, que confirma la corrección del proceso de excavación y del seguimiento de los trabajos, y que no aprecia daños en el yacimiento”.

Todo ello explica que el anterior auto de 5 de enero de 2006 declarase que “las decisiones administrativas adoptadas al respecto han sido absolutamente diligentes y escrupulosas con la protección de los restos arqueológicos hallados” y, en consecuencia, ordenase el sobreseimiento y archivo de las actuaciones, ratificado ahora por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Murcia.

Este sitio web utiliza cookies para facilitar y mejorar la navegación. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso. POLITICA DE COOKIES