Una nueva ordenanza regulará las plazas reservadas a personas con graves problemas de movilidad

Podrán aparcar en las zonas reservadas por un periodo limitado; en las zonas de ORA durante todo el día, mediante el pago del importe correspondiente a 1 hora 30 minutos; en las zonas de carga y descarga por un periodo máximo de dos horas y en zona de residentes durante su jornada laboral

La Concejalía de Tráfico y Transportes ya está trabajando en una ordenanza que regule las zonas de aparcamiento especialmente destinadas a personas con movilidad reducida.

El concejal Javier Iniesta ha mantenido esta mañana una reunión con distintos técnicos municipales y representantes de asociaciones de discapacitados, con el fin de que esta nueva normativa nazca del consenso de todos los agentes sociales implicados. Así, además de técnicos de Tráfico y Transportes y Policía Local, han asistido Emilio Cano, de Famdif y José Gracia de Aspaym.

En el encuentro se ha estudiado el borrador de la ordenanza y se han comentado las distintas necesidades de este colectivo.  El edil ha destacado que es "un documento abierto" y que lo que se pretende es que las asociaciones ahora lo estudien y aporten sus sugerencias para elaborar conjuntamente el documento final.

Lo que se pretende es actualizar los derechos y deberes para la ocupación de las plazas reservadas a personas con graves problemas de movilidad después de más de una década de experiencia ya que Murcia fue pionera en la adaptación de la tarjeta europea de aparcamiento, adelantándose – en seis años-  a la regulación actual de la Comunidad Autónoma.

Esta actualización se hace necesaria porque en estos años se ha pasado de una disposición de 150 plazas en 2005 en el casco urbano a más de 360 en la actualidad. Se ha extendido el uso de estas plazas, hay en circulación unas 4.000 tarjetas del Ayuntamiento de Murcia y ha crecido el número de usuarios que llegan de otros municipios de la Región.

Además los usuarios y las asociaciones más representativas de los mismos han manifestado la necesidad de actualizar los criterios de uso de las plazas, el régimen de infracciones y sanciones, el tiempo de ocupación de las plazas…

Así, la ordenanza tiene "por objeto regular la concesión y utilización de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con movilidad reducida que cumplan los requisitos determinados, en las zonas de aparcamiento especialmente reservadas"

De esta forma, podrán ser titulares beneficiarios de la tarjeta de estacionamiento las personas que tengan reconocida la condición de discapacidad en cuanto a su movilidad por el IMAS en una valoración de 7 o más puntos del baremo de movilidad, que residan y se encuentren empadronados en el término municipal de Murcia.

Para recibirla tienen que aportar la siguiente documentación:

    -    Dictamen Técnico Facultativo expedido por el IMAS cuya valoración de la movilidad sea igual o superior a 7 puntos del baremo.

-        Certificado de empadronamiento.

-        Fotocopia del D.N.I, Pasaporte o Permiso de Residencia.

-        Dos fotografías tamaño carnet.

La ordenanza establece que los titulares de la tarjeta se beneficiarán de la posibilidad de aparcar el vehículo en la vía pública del municipio de Murcia, en los lugares que a continuación se detallan:

- En las zonas reservadas a  las personas con movilidad reducida reconocida, por un periodo máximo de 4 horas.

- En las Zonas de ORA durante todo el día, mediante el pago del importe correspondiente a 1 hora 30 minutos.

- En zonas de carga y descarga por un periodo máximo de dos horas.

- Estacionamiento en lugares no permitido, siempre que no se ocasionen perjuicios al tráfico, ni riesgo para terceros y de acuerdo con las instrucciones de los agentes de la autoridad.

Además, en la reunión se ha propuesto la creación de una tarjeta que permita también aparcar en zona de residentes durante la jornada laboral de la persona con movilidad reducida

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